El
gobierno cobrará un impuesto por emitir menos CO2 y ser más eficiente.
El jueves 31 de Octubre
de 2013, según estaba previsto en el Orden del día, se ha debatido en sesión del Congreso
de los diputados la reforma del sector eléctrico.

El texto desarrollado
por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, contemplaba un nuevo
impuesto, el de peaje de respaldo.
En dicha propuesta, en
la que se regula el autoconsumo sin balance neto, se menciona la
imposición de un peaje de respaldo:
Se crea un peaje de respaldo que deben satisfacer estos
consumidores por la energía suministrada directamente por la instalación de
generación asociada y que tiene por objeto cubrir estos costes.
Cuando menciona estos
consumidores, ser refiere al caso del consumidor que esté acogido a
la modalidad de autoconsumo, cuando su red se encuentre conectada al sistema,
ya que considera que se beneficiará del respaldo que le proporciona el conjunto
del mismo, aún cuando esté “autoconsumiendo” electricidad producida por su
instalación de generación asociada, y al contrario que ocurriría si el “autoconsumidor”
estuviera completamente aislado del sector eléctrico.
De este modo dichos
consumidores harían frente a los costes del sistema (estos costes).

Evidentemente esta
noticia ha sido mal aceptada desde el principio.
Se han emitido informes
desfavorables por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) por un lado y por la
Comisión Nacional de la competencia (CNC).
Informes desfavorables a la propuesta:
- El informa 19/2013 de la CNE, lo tacha de trato discriminatorio con respecto
al resto de consumidores, y advierte que no contempla el balance neto ni
su compensación. También menciona que existe incoherencia entre la
propuesta del RD y el Anteproyecto de Ley publicado en el Boletín Oficial
de las Cortes Generales, ya que éste último no concreta nada respecto de
la definición y cálculo del peaje de respaldo, y sí lo hace respecto de
los peajes de acceso en general.
- Por otro lado, la CNC, también emitió informe desfavorable respecto
de la nueva ley, donde arremete directamente contra el artículo 9 del
Anteproyecto de Ley que regula el autoconsumo de energía eléctrica. En
dicho informe se hace la siguiente reflexión:
continuando con el análisis de la
medida, no se daría un cumplimiento adecuado al compromiso de proporcionalidad
si se obligara a satisfacer al sujeto autoproductor peajes o cargos adicionales
a los existentes para el resto de los consumidores teniendo en cuenta la
energía que autoconsume y que no vierte a la red.
En este sentido, un consumidor que
produce parte de su propia energía ya estaría pagando el respaldo energético
del sistema a través del peaje de conexión a la red pública, cuando ésta
exista, sin que parezca razonable responsabilizarle de cargos adicionales no
exigibles a otros consumidores. Por otro lado, la reducción de pérdidas de la
red que supone su autoconsumo o la menor utilización de la red de transporte al
autoabastecerse parcial o totalmente de su propia energía no se vería
compensada previsiblemente con rebajas en su factura eléctrica.
Finalmente define la medida
como restrictiva, castigando directamente el autoconsumo, que por sus múltiples beneficios
debería ser incentivado al ser una práctica que reduce emisiones de CO2;
facilita el ahorro de energía y por tanto el ahorro económico a muchas familias
tan necesitado en tiempos de crisis; es mucho más sostenible que el sistema
eléctrico actual en el que hay que generar 4 kW para consumir 1 kW, etc etc etc
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