domingo, 29 de enero de 2012

La ITE Marco Legal en Canarias

Marco político legal:
1º.- La Comunidad Autónoma de Canarias, en el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (TR-LOTCENC), aparece la obligación de realizar la Inspección Periódica de los Edificios (IPE) según las condiciones especificadas en el primer punto del artículo 154:
1.- Los propietarios de toda edificación catalogada o protegida, o incluida dentro de un Conjunto Histórico, deberán encomendar a un técnico facultativo competente, cada diez años, la realización de una inspección dirigida a determinar el estado del inmueble y las obras de conservación o, en su caso, de rehabilitación que fueran precisas.

En el segundo punto del mencionado artículo se describe como debe ser el Informe Técnico y en el punto tercero se especifica el ámbito temporal, que expiraba el pasado año 2010.
3.- La eficacia, a efectos administrativos, de los informes técnicos requerirá la presentación de copia de los mismos en el ayuntamiento dentro del mes siguiente al vencimiento del periodo decenal correspondiente.
Y termina señalando en el último punto que:
Los Ayuntamientos podrán requerir de los propietarios la exhibición de los informes técnicos resultantes de las inspecciones periódicas y, caso de comprobar que estas no se han realizado, ordenar su práctica o realizarlas en sustitución y a costa de los obligados.

2º.- La ciudad de Las Palmas de G.C. también existe una Ordenanza Especial sobre Conservación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, reguladora del deber de conservación, que prevé la implantación de un Informe Técnico de los Edificios. El Capítulo 2, Titulo 1 trata sobre el ITE y en su Artículo 4 se especifica que:
La finalidad de la inspección técnica de edificaciones es la de conocer y asegurar en todo momento el buen estado de seguridad, salubridad y ornato de las edificaciones de nuestro municipio. En todo caso, se diferenciarán dos tipos de inspecciones, la inspección técnica de fachadas y la inspección técnica de interiores y estructuras, pudiéndose realizar las dos de forma independiente o conjunta.

Requisitos para acceder a las subvenciones de rehabilitación



A través de la página web del Ministerio de Fomento se puede acceder a las ayudas disponibles y gestionadas por las respectivas comunidades autónomas relativas a la rehabilitación sostenible de edificios, así como los requisitos generales necesarios para su solicitud.


En la web del Ministerio de Fomento se relacionan no solo los enlaces a cada una de las comunidades autónomas con ayudas para la rehabilitación sostenible, sino también los criterios generales para el acceso a las mismas. Estos requisitos se refieren tanto al tipo y magnitud de la intervención en el edifico, como a los que deben cumplir los destinatarios de las mismas.




En cuanto a los requisitos comunes a edificios y viviendas:

Antigüedad mínima de 15 años (excepto supresión de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad o para adaptación de instalaciones a la normativa técnica, si esta es posterior a la fecha de terminación del edificio).
Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.


Requisitos específicos para edificios:

Que la superficie útil destinada a vivienda, sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio (excluida la planta baja cuando no se destine a vivienda).
Si se modifica la superficie útil destinada a viviendas, que esta no supere nunca 120 m2.
Requisitos destinatarios de ayudas:


Las condiciones generales para acceder a la financiación cualificada.
Rehabilitación de edificios, que al menos el 60% de los usuarios de las viviendas tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el SMI.
Rehabilitación de viviendas, que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI.





jueves, 19 de enero de 2012

Ayudas Financiación

Si buscamos financiación, para tener una idea de podemos mirar tanto en las web del Gobierno de España a través del Ministerio de Fomento, como el Gobierno de Canarias y el Instituto Canario de la Vivienda.
Disponen de una serie de medidas para facilitar la financiación de las obras de rehabilitación y de mejora de la eficiencia energética:





  • La web del Ministerio de Fomento. Ayudas a la vivienda. Rehabilitación.
    En la que se encuentran: Requisitos del inmueble. Requisitos del destinatario. Y tipo de ayudas; prestamos cualificados con periodos de carencia de uno o tres años según sean para vivienda o edificación.


  • Gobierno de Canarias. Consejería de Empleo Industria y Comercio.
    Subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables (6774 Orden 28 de diciembre de 2011).
    Subvenciones a instalaciones de energía solar térmica de baja temperatura (6775 Orden 28 de diciembre de 2011).
    Subvenciones para la realización de actuaciones que fomenten el ahorro y la eficiencia energética (6741 Orden 23 de diciembre 2011).

  • Presidencia de gobierno.
    Medidas fiscales para el fomento de la venta y rehabilitación de viviendas (6766 Ley 11/2001 de 28 de diciembre).

  • Instituto Canario de la Vivienda. Fomento de la eficiencia energética.
    Ayudas RENOVE. Rehabilitación, reposición y eficiencia energética de edificaciones.
    Ayudas RENOVE. Rehabilitación, reposición y eficiencia energética de la vivienda.
http://www.idae.es/index.php/idpag.33/relcategoria.1024/relmenu.377/mod.pags/mem.detalle
http://www.idae.es/index.php/relcategoria.1160/id.671/relmenu.377/mod.pags/mem.detalle

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/_ESPECIALES/AYUDAS_PEVR0912/

Esperamos que esta documentación sea útil. Ya iremos colgando nuevas soluciones para la financiación.

sábado, 7 de enero de 2012

Nuestra idea de proyecto es aprovechar las obras de reparación para recuperar valor patrimonial de los edificios, añadiendo mejoras en el rendimiento energético, en la funcionalidad y en la habitabilidad del mismo.

En estos momentos el principal problema para cualquier tipo de obra es la financiación. Hay cuatro tipos de financiación:
Administración publica. La administración pone a disposición de los propietarios distintos tipos de subvenciones o deducciones para favorecer el ahorro energético o la rehabilitación de los edificios.
La propiedad o los usuarios del edificio. Sobre todo en el caso de edificaciones aisladas o viviendas individuales.
Contratista o empresa de servicios energéticos que financie las obras en función del ahorro energético obtenido.
Una entidad financiera. Un banco.
Los sistemas de financiación pueden ser mixtos, con recursos propios del promotor (propietario o contratista), entidad financiera y subvención pública.

De todas formas, si no es posible plantear una reforma integral de un edificio, si que puede ser el momento de plantear rehabilitaciones parciales de instalaciones, revestimientos o elementos arquitectónicos como cubiertas o fachadas. No solo recuperando los elementos dañados, sino mejorando sus condiciones para dar funcionalidad y seguridad a los edificios (por ejemplo, caso de renovación de seguros).

ALGUNOS DATOS.
En España, un 60% de las viviendas han sido construidas antes de 1980, antes de la aparición de las primeras normativas técnicas, por tanto, están por debajo del estándar medio en instalaciones y en acondicionamiento térmico y acústico. En Canarias esta situación es aun más grave.

El tipo de vivienda ha ido variando durante los años, mientras en 1945 había un 52% de viviendas colectivas frente a un 14% de aisladas, al acabar 1980 había un 77% de vivienda colectiva frente a un 7% de vivienda aislada (el resto de las viviendas se pueden englobar como adosadas).
Por tanto el parque de viviendas a rehabilitar da dos perfiles básicos: vivienda aislada anterior a 1945, en zona rústica, y vivienda colectiva de entre 1945 a 1980 en zona urbana.

En los últimos años, además, ha habido una disminución del número de personas por vivienda. Lo cual favorece las obras de reforma interior y las mejoras en funcionalidad y habitabilidad.

Entre los años 1980 y 2008 se ha vuelto a incrementar el número de viviendas aisladas 12%, y viviendas adosadas 27%. Estas viviendas están dotadas de instalaciones más modernas pero ineficientes, algunas cuentan incluso con sistemas de refrigeración pero carecen de aislamiento térmico.

El resto de las instalaciones, como la iluminación, y los electrodomésticos carecen de la adecuada eficiencia energética.