martes, 18 de junio de 2013

CERTIFICACION ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

ANÁLISIS DEL REAL DECRETO 235/2013 (BOE 3904)


El Real Decreto 235/2013 de 5 de abril de 2013 aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de edificios (o partes de edificios) existentes y en grandes pinceladas se resume en los siguientes conceptos:

Obliga a los propietarios de edificios a solicitar y facilitar los informes técnicos de certificación energética (etiqueta energética) de sus inmuebles y poner a disposición de los compradores o usuarios este informe técnico con datos objetivos sobre la demanda de energía, consumos y emisiones de CO2, además la certificación energética debe exhibirse en toda publicidad del inmueble y el propietario está obligado a registrar en la Comunidad Autónoma correspondiente el informe de certificación energética.

Se establece un régimen sancionador de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de protección de los consumidores y usuarios.

Hasta ahora esta documentación solamente era necesaria en proyectos y obras de nueva construcción, en base al Real Decreto 47/2007 de 19 de enero y para casos de rehabilitaciones de cierta entidad (superficie de rehabilitación de 1000 m2 o un 25 % de superficie de fachadas).

El RD 235/2013 transpone la directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo y deroga el RD 47/2007 refundiéndolo con la incorporación del procedimiento básico de certificación energética de edificios existente.

Pero el texto nos ha generado algunas preguntas en determinados puntos y cuestiones técnicas, así que hemos consultado con abogados y profesionales de Colegios Oficiales y entre todas las consideraciones y opiniones, tanto propias como ajenas, hemos sacado una serie de conclusiones a modo de análisis más detallado, huyendo de tecnicismos y tratando de explicar del modo más sencillo y llano posible las conclusiones y argumentos.

Si bien en el texto se habla certificación energética de todo tipo de inmuebles o partes de inmuebles, no entraremos en los inmuebles de uso público, ya sean de titularidad pública o privada ya que entre otros aspectos, el RD establece la posibilidad de que los edificios públicos sean certificados por los técnicos adscritos a la administración en el caso de aquellos ocupados por la propia administración.

La mayor controversia y demanda de certificación energética se genera en el sector inmobiliario (compraventa y/o alquiler) residencial así como en pequeño y mediano terciario-industrial, que son los puntos sobre los que trataremos de arrojar algo de luz en este análisis.



Siguiendo el orden de lectura del texto, nos encontramos en las DISPOSICIONES GENERALES los siguientes párrafos:

El real decreto establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética (página 27548).

Este punto nos llama la atención por la expresión información objetiva de lo cual hablaremos un poco más adelante, cuando entremos en las medidas de mejora (artículo 6).

…se concreta un régimen sancionador con infracciones y sanciones, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia de protección de los consumidores y usuarios, y en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios (página 27549).

También entraremos en este punto, en el régimen sancionador al final del análisis.

…en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (página 27549).

Establece la base legal del régimen sancionador.

…en particular para los edificios existentes, en el artículo 83.3 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, en el que se establece que los certificados de eficiencia energética para estos edificios se obtendrán de acuerdo con el procedimiento básico que se establezca reglamentariamente, para ser puestos a disposición de los compradores o usuarios de esos edificios cuando los mismos se vendan o arrienden (página 27549).

Determina la obligación de disposición de la certificación energética en compraventas o arrendamientos.



DISPONGO. Artículo único.

2. Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en los términos que se establecen en el Procedimiento básico (página 27550).

En este punto hacemos especial hincapié en la siguiente frase, se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial, el empleo del adjetivo “potencial” para designar al comprador o arrendatario expresa la posibilidad de que cualquier comprador o arrendatario debe tener el derecho a la información de la certificación energética, no solamente aquel comprador o arrendatario que finalmente cierre la operación inmobiliaria. Este punto es un indicio de lo que más adelante se indica expresamente, y es que la certificación energética debe estar disponible en la publicidad del mercado inmobiliario, ya sea físico o virtual.


Disposición transitoria primera. Adaptación al procedimiento.

…con anterioridad a 1 de junio de 2013, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) pondrá a disposición del público los programas informáticos de calificación de eficiencia energética para edificios existentes, que serán de aplicación en todo el territorio nacional...

La presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha (página 27551).

Mediante estos dos párrafos se enlaza la fecha en la que estarán disponibles los programas de certificación energética, con la fecha a partir de la cual será obligatorio el nuevo marco legal que fija el RD (1 de junio de 2013).
 

Disposición transitoria tercera. Registro de los certificados de eficiencia energética.

1. A la entrada en vigor de este real decreto, el órgano competente de cada Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios habilitará el registro de certificaciones en su ámbito territorial al que se refiere el apartado 6 del artículo 5, con el fin de dar cumplimiento a las exigencias de información que establece la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.

…pondrá a disposición del público registros actualizados periódicamente de técnicos competentes o de empresas que ofrezcan los servicios de expertos de este tipo y servirá de acceso a la información sobre los certificados a los ciudadanos (página 27551).

Interesante acotación del RD que indica se pondrá a disposición del público registros de técnicos competentes o de empresas con servicios de expertos (técnicos competentes), de un modo u otro queda claro que el informe de certificación energética debe ser suscrito de manera individual y nominativa por un técnico competente, ya sea trabajando por cuenta ajena o como autónomo.

Es importante indicar que de este modo se carga la responsabilidad del informe sobre la persona física, el profesional titulado firmante, de modo que las incidencias y la responsabilidad se repercuten al técnico, insistimos, de manera individual y nominativa (nombre, apellidos y número de colegiado).










viernes, 22 de febrero de 2013

¿Son papel mojado las ayudas estatales para rehabilitar viviendas?
Artículo de Juanjo Bueno ofrecido por CAF Madrid , 14/02/2013

Mientras todos estamos pendientes de la aprobación del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016, que pretende impulsar la rehabilitación de edificios con posibles líneas de financiación estatales (ICO) y europeas (a través del Banco Europeo de Inversiones –BEI-), el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha hecho público el balance de resultados del ejercicio 2012. 
Durante 2012 los préstamos para rehabilitación de viviendas se redujeron en 12 millones.

La entidad estatal concedió préstamos por importe de 27.532 millones de euros durante el pasado año, de los cuales dos terceras partes han ido a parar a pymes. Pero, ¿cuántas operaciones de este tipo de préstamos, que se conceden a través de las entidades financieras, han ido destinadas a la rehabilitación de viviendas?

Según los datos aportados por el propio Instituto, durante 2012 se concedieron 1.070 préstamos para rehabilitación por importe de 106,65 millones de euros, 2.065 operaciones y 32 millones de euros menos que en 2011. En Madrid, que atesora una amplia tradición rehabilitadora, se concedieron únicamente 206 préstamos por importe de 9,29 millones de euros. Unos datos que evidencian  el poco empuje que está teniendo la rehabilitación de viviendas, máxime cuando ésta es la apuesta “estrella” del Gobierno.

Recordemos que en marzo de 2012, el Consejo de Ministros aprobó ampliar a 22.000 millones de euros la dotación de las líneas de mediación ICO para 2012, reorientando algunas líneas, entre ellas la Línea ICO-Vivienda, destinada a promover la rehabilitación de edificios y viviendas y permitiendo como novedad la financiación de reformas en elementos comunes. Para ello, se realizó una dotación de 1.000 millones de euros.

En 2013, la financiación de inversión en rehabilitación está incluida en la Línea Empresas y Emprendedores, desapareciendo la Línea ICO-Vivienda.

Y es que, pese a que las comunidades de propietarios no tienen liquidez, sólo unas pocas entidades financieras conceden las ICO.

Ante este escenario, la Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reforma (ANERR) demanda nuevos métodos de financiación que complementen los fondos públicos:

-Rehabilitación por renta.  El inquilino se hace cargo de costear el pago de las actuaciones de rehabilitación o reforma a cambio de una reducción temporal de la renta. Este sistema ya se viene utilizando pero la reforma de la Ley de Arrendamientos que está en fase de aprobación y que lo incluye le dará mayor legitimidad e impulso. Desde 2007 la legislación catalana lo contempla.
-Crédito refaccionario. Permite registrar una carga ligada al inmueble objeto de la mejora en el Registro de la Propiedad en garantía de la devolución o pago.
-Créditos contra impuestos. Modelo existente en Estados Unidos y que se puede implantar en España. Son operaciones a 15 o 20 años de plazo de devolución cuyos fondos los aporta la Administración y se devuelven vía incremento de los recibos de un impuesto ya existente. La deuda la adquiere el bien en que se realiza la inversión y se traspasa con ella.

Entre los métodos específicos para actuaciones de eficiencia energética, la Asociación apuesta por:

- Financiación de terceros o contra factura energética. Consiste en establecer acuerdos entre propietarios y las empresas de rehabilitación o un tercero (compañías suministradoras de energía, empresas de servicios energéticos –ESE- u otros) mediante el cual se implantan medidas de ahorro y se cobran el coste de las mismas con los ahorros que se produzcan.

Según el último borrador en el que está trabajando el Gobierno para impulsar la rehabilitación, será subvencionables aquellas actuaciones que incluyan medidas específicas referidas a la habitabilidad, la seguridad y la salubridad del inmueble. Entre ellas, las obras destinadas a mejorar la eficiencia energética, la protección del medio ambiente y la utilización de energías renovables, así como la adecuación de los elementos para garantizar la accesibilidad al edificio. ¿Adoptará alguna de estas medidas?

 

jueves, 14 de febrero de 2013

Presencia de Canarias en las redes. Toma 3.

Toma 3. PRESENCIA DE CANARIAS EN LAS REDES DE COMUNICACIÓN.

Como aparece reflejada Canarias en la red y que estrategias diferenciadas sigue cada isla.

3.- Elegimos un alojamiento turístico canario y uno no canario de similar categoría y comparar la presencia en Internet.

3.1.- He tomado dos hoteles de cuatro estrellas, uno el Iberostar Papagayo de Lanzarote, hotel que conozco muy bien por haber participado en su construcción y en el diseño de sus interiores. Y el Viva Menorca, un hotel de la cadena Viva, de similar categoría y que combina el hotel y el apartotel.

  • Presencia Iberostar Papagayo
www.tripadvisor.es/Hotel_Review-g187477-d553835-Reviews-Ibero
www.booking.com › EspañaLanzarotePlaya Blanca
www.atrapalo.com › ... › EspañaLanzarotePlaya Blanca - Lanzarote
www.trivago.es/playa-blanca-31898/hotel/iberostar-papagayo-

  • Presencia Viva Menorca
es-es.facebook.com/HotelsViva
www.atrapalo.com › HotelesCadenas Hoteleras
www.youtube.com/watch?v=nMhdBMDYdiM

Se aprecia una menor presencia de la cadena Viva, pero una mayor variedad de las referencias.


3.1.1.- La página Web de la cadena Iberostar es muy trabajada completa, como corresponde a una cadena de la importancia de Iberostar. La Web nos lleva de la cadena a los destinos (Canarias/Lanzarote/Yaiza) y de allí a los tres hoteles y un apartotel de Yaiza.
Dentro de la página del hotel encontramos los apartados habituales
·        Fotos
·        Descripción, mapa acceso.
·        Servicios, extras, gastronomía.
·        Testimonios.
·        Motor de reservas
·        Conexiones: Web cam (no se ve un huevo), síguenos en facebook, twiter etc...
·        Blog

VISTAS IBEROSTAR PAPAGAYO

3.1.2.- La página Web de la cadena Viva es más simple y directa, motor de reservas y foto.
Detrás van las ofertas, más fotos y servicios. Solo al final de la página se encuentra un listado de todos los hoteles de la cadena repartidos entre Mallorca y Menorca.
Al acceder a nuestro hotel, Viva Menorca, encontramos una distribución similar a la del Iberostar Papagayo.
·        Fotos
·        Descripción
·        Motor de reservas
·        Servicios
·        Gastronomía
·        Animación
·        Valoraciones
·        Síguenos en facebook, twiter etc...
·        Blog

HOTEL VIVA MENORCA

3.2.- Ambas empresas, Iberostar y Viva están presentes en google, wikipedia, google maps, y en los motores de búsqueda habituales, Tripadvisor, Booking, Atrapalo, ...
La presencia de cada una es distinta, mientras Iberostar hace alarde de su implantación en todo el mundo, mostrándonos mapas y fotos de diferentes destinos, la cadena Viva intenta dar una imagen de cercanía y familiaridad, con una amplia exposición de ofertas y servicios que me recuerda, no sé si por el nombre, a las cadenas de supermercados. Supongo que ese aspecto cuidado de oferta esta echo a propósito  para el tipo de clientes a los que va dirigido.

3.3.- La gestión de las empresas en Tripadvisor, valoraciones.

3.3.1.- El hotel Iberostar Papagayo en tripadvisor
·        Ocupa el puesto 25 de 222 hoteles en Lanzarote.
·        Máxima valoración, excelente.
·        600 0piniones.
·        Lo más valorado: limpieza, vistas, el restaurante, el servicio.
·        Lo menos valorado: el servicio, la animación, wifi.
·        Precio oferta desde 35 €, en página de Iberostar.

RESTAURANTE IBEROSTAR PAPAGAYO

3.3.2.- El hotel Viva Menorca en Tripadvisor.
·        Ocupa el puesto 23 de 178 hoteles en Menorca.
·        Máxima valoración, excelente.
·        255 opiniones.
·        Lo más valorado: animación, servicio familiar.
·        Lo menos valorado: la limpieza, la comida.
·        Precio oferta desde 40 €.

  PISCINA  INFANTIL

Evidentemente el hotel Viva Menorca es un hotel para familias, se presenta como tal y se valora a animación infantil y los servicios para los niños. Como daños colaterales de todo servicio familiar con niños incluidos son la limpieza, el mantenimiento y la comida (mama esto no me gusta)...

El hotel Iberostar tiene doble oferta, el hotel y el apartotel, más familiar y que comunica con el hotel por un paso subterráneo, obra mía también....
Esta duplicidad que se manifiesta en las piscinas, negra en el hotel y blanca en los apartamentos se mantiene en los servicios que no se ven muy afectados por la presencia de los niños.

PISCINA NEGRA

Es interesante observar la importancia que se da al servicio, muestra de ello es el que sea lo más valorado cuando se recibe y lo más demandado cuando no responde a las expectativas. Por eso se encuentra en muchas valoraciones como lo mejor y lo peor.

Otro dato a valorar es el precio. Mientras Viva Menorca se presenta como una cadena barata,  en relación a la oferta en Menorca, en relación con el Iberostar Papagayo, se encuentra en un rango de precios similar.
La oferta hotelera en Menorca es más pequeña y más selecta que en Mallorca o en Lanzarote.





                                               Víctor Casado Bermejo

jueves, 7 de febrero de 2013

Presencia de Canarias en los medios de comunicación

2.- Analizando la estrategia en Internet que siguen las siete islas canarias.

CUADRO DE VALOR
Analizamos la presencia que tiene cada una de las islas en función de como se presentan a si mismas.



Tenerife
Gran Canaria
Fuerte
ventura
Lanza
rote
La Palma
El Hierro
La Gomera
Destino Sol y Playa
3
5
5
3
3
2
2
Deportes Acuáticos
4
4
4
3
2
4
2
Senderismo
4
3
2
3
5
4
5
Turismo Cultural
5
5
3
4
3
2
2
Turismo de Congresos
5
5
3
4
2
1
2
Turismo de experiencias
3
2
3
4
4
4
4
TOTAL
24
24
20
21
19
17
17



En el presente cuadro de valor he intentado valorar las diferentes estrategias que desarrolla cada isla para definirse como destino turístico.

Las islas hacen valer no solo sus recursos naturales, sino que las islas con más peso económico y social hacen valer sus recursos materiales para atraer turismo cultural o de congresos

Esto es más fácil de ver en las imágenes que aportan cada isla a las páginas en las que se publicitan.

Por ejemplo Gran Canaria hace valer su historia, sus equipamientos, sus playas y sus lugares para convertirse en un destino casi completo

 Vegueta.


Auditorio Alfredo Graus.


Playa del Ingles.

Tenerife se convierte en otro peso pesado compitiendo en casi los mismos terrenos que Gran Canaria.




Auditorio de Santa Cruz.


Teide.

El resto de las islas se va segmentando apoyando las actividades en recursos naturales o tradicionales más que en equipamientos.


Senderismo en La Palma.


Playas en Fuerteventura.


Naturaleza en La Gomera.


Experiencias en El Hierro.



Las páginas Web consultadas para obtener la información y las  imágenes son:
www.gobcan.es
www.canarias.com
www.canarias.es
www.turismoencanarias.com
www.ecoturismocanarias.com
www.nordicwalkingcanarias.com
www.illesbalears.es
www.caib.es
www.baleares.com